Qué es el (RUA) y por qué es importante registrarse
El Registro Único Aduanero (RUA) está contemplado en la Norma 01-2018 que regula el fraccionamiento de mercancías a través de empresas Courier.
Se puso en vigor en febrero de 2018 y en ella se establece el RUA como requisito para quienes utilizan los servicios Courier en sus compras por internet. El contenido de la Norma incluye las opiniones ciudadanas y de las empresas Courier, porque su borrador pasó por un proceso de consulta pública.
¿Tendré que usar el número del RUA en algún trámite de mis compras?
El Rúa no le asigna número alguno, porque su identificación o RUA es la cédula, el pasaporte y/o RNC si el usuario es una compañía.
¿Es el RUA un requisito obligatorio?
El RUA es obligatorio para todas las personas que compran vía internet y reciben sus mercancías a través del servicio expreso o Courier; a través del registro se clasifican los compradores comerciales y los personales.
Qué pasaría si mis paquetes llegan al país y no tengo el RUA
Una vez vencido el plazo de registro, los paquetes de los usuarios que no hayan completado el RUA, serán retenidos hasta cumplir con este requerimiento establecido en la Norma 01-2018.
Dónde puedo hacer el Registro Único Aduanero
Puedes hacerlo pulsando aquí.
Es el RUA un requisito obligatorio
El RUA es obligatorio para todas las personas que compran vía internet y reciben sus mercancías a través del servicio expreso o Courier; a través del registro se clasifican los compradores comerciales y los personales.
Tengo un paquete retenido ¿qué hago?
- Favor dirigir tu consulta a infocourier@dga.gov.do facilitando los siguientes datos:
- Nombre de compañía Courier
- Número de guía de su paquete
- Nombre de los artículos retenidos
- Factura del envíoCon estos datos, nuestros colaboradores procederán a investigar el estatus y te informarán en caso de que requieran o no el pago de impuestos.
Cuáles son las categorías en las que se dividen las importaciones couriers
• Categoría A: correspondencias y documentos.
• Categoría B: envíos de bajo valor, cuyo valor FOB sea igual o inferior a US$200.00.
• Categoría C: envíos de bajo valor, sujetos al pago de derechos e impuestos, cuyo valor FOB individual sea superior a US$200.00 hasta un máximo de US$2,000.00.
Categoría D: envíos de alto valor, cuyo valor FOB individual sea superior a US$2,000.0
Si traigo algo menor a los US$200 ¿pagaría impuestos?
El único cobro que hace Aduanas a la mercancía vía courier cuyo valor esté por debajo de los 200 dólares, es el que establece el Decreto 627-06, una tasa de US$0.25 por cada kilo importado y despachado de las aduanas.
Cuáles documentos debes requerirle al Courier cuando se pagan los impuestos en Aduanas
• Copia de la DUA
• Liquidación de impuestos
• Recibo de caja sellado