(consultard.com).- Es el único encargado de controlar la circulación del dinero nacional, como son los billetes y las monedas; es por esto que el Banco Central de la Rep. Dom. Es el más importante.
¿Cuándo fue creado el Banco Central de la República Dominicana?
Es una entidad descentralizada y autónoma creada el 9 de octubre de 1947 de conformidad con la Ley Orgánica No.1529.
¿Cuál es la misión del Banco Central?
Cuidar vehementemente el sistema financiero, el sistema de pago y estabilidad de precios; siempre con el objetivo principal del crecimiento de la economía nacional
¿Qué es la Junta Monetaria?
Es el organismo encargado de determinar conforme a la ley las políticas financieras, monetarias y cambiarias de la nación; siendo también el órgano que dirige al Banco Central y la Superintendencia de Bancos.
¿Cómo funciona la Junta Monetaria?
Funciona mediante sesiones, la cuales son convocadas por lo menos una vez al mes y deben ser convocadas por escrito.
¿Cómo está compuesta la Junta Monetaria?
- El Gobernador del Banco Central.
- El Ministro de Hacienda.
- El Superintendente de Banco.
Nota: cada miembro es designado por el Poder Ejecutivo por un período de dos años, pudiendo ser renovable.
¿Qué es la inflación?
Es un incremento en los precios, disminuyendo así el valor del dinero nacional y su poder para comprar.
¿Cuáles son las consecuencias de una alta inflación?
- inestabilidad política y social.
- Disminuye la riqueza y los ingresos de las familias.
- Disminuye las decisiones de inversión.
Dirección:
Av. Pedro Henríquez Ureña esq. Av. Leopoldo Navarro,
Santo Domingo de Guzmán, D.N., República Dominicana
Contacto:
(809) 221-9111 | info@bancentral.gov.do
¿Qué es la Contraloría General de la República Dominicana?
Es un órgano del poder ejecutivo con una dependencia de la República Dominicana y fue creada mediante la Ley No. 1114, del año 1929.
Este órgano es el encargado del uso e inversión de los recursos públicos.
¿Cuáles son las funciones principales que desempeña la Contraloría General de la República Dominicana?
Las funciones principales son:
- Definir, emitir y desarrollar los principios rectores del Sistema Nacional de Control Interno.
- Dictar las Normas Básicas de Control Interno.
- Fijar los plazos y condiciones, si fuere el caso, para que las entidades y organismos, bajo el ámbito de esta ley, elaboren las normas secundarias de control interno.
- Evaluar que las disposiciones, sistemas y procedimientos establecidos por cada entidad u organismos, son concordantes con las Normas Básicas de Control Interno.
- Proponer en forma permanente, ante las autoridades de las entidades y organismos del sector público, la importancia y utilidad del Control Interno.
- Inspeccionar y evaluar de acuerdo con normas de auditoría interna gubernamental que en el marco de estándares internacionales aplicables al sector público, emita la Contraloría General de la República y, en función de los programas, objetivos y metas.
- Asesorar a las entidades y organismos bajo el ámbito de la ley para mejorar y fortalecer el control interno, mediante recomendaciones presentadas en los informes de los resultados de las evaluaciones que efectúe.
- Coordinar, orientar y evaluar el trabajo de las Unidades de Auditoría Interna.
- Efectuar el seguimiento y control de calidad de las labores de auditoría interna.
- Evaluar periódicamente la calidad técnica de los procedimientos y procesos ejecutados por las Unidades de la Auditoría Interna.
- Realizar investigaciones administrativas.
- Cuando los resultados de las investigaciones que realice lo justifiquen, remitirá los antecedentes de la misma al Ministerio Público.
- Normar, coordinar y prever, en coordinación y coparticipación con el Ministerio de Hacienda, un programa de capacitación continua y actualización técnica en control interno, auditoría interna, así como en el sistema integrado de gestión financiera.
- Establecer un sistema de evaluación de desempeño de los profesionales de las áreas sustantivas de la Institución.
- Efectuar las inspecciones especiales o específicas previstas en la Ley 10-07.
Dirección:
Calle Pedro A. Lluberes, Santo Domingo 10201
Horario:
Abierto ⋅
Horario de cierre: 16:00
Teléfono:
(809) 682-1677